Por Álvaro Cristi, Head of Health & Benefits Latam de WTW
Durante las últimas semanas, los diferentes actores políticos y ejecutivos han estado revisando la compleja situación que enfrentan las isapres. Esto, ante las sentencias resueltas por la Corte Suprema respecto de la aplicación de la Tabla Única de Factores a los planes de salud suscritos antes del año 2020, del precio GES para el período 2022-2025 y del incierto futuro financiero que enfrentarían.
La insolvencia en la que caería el sistema de isapres ha llevado a que se estén barajando diversas alternativas, con el fin de evitar un profundo colapso en la salud pública y privada. Sobre esto, mucho se ha comentado del éxodo de beneficiarios desde el sistema de isapres al sistema público Fonasa, del endeudamiento de estas instituciones y de los prestadores de salud privados, pero existen otros efectos colaterales a tener presentes sobre esta situación.
En la actualidad, muchas personas mantienen suscritos diferentes tipos de seguros de salud, los que mayoritariamente están asociados a modelos de beneficios que otorgan las empresas a sus trabajadores. Un colapso de las isapres traería consigo un aumento del gasto en estos seguros, dada la menor cobertura que genera el sistema previsional público (Fonasa). Un cálculo realizado a nuestra cartera WTW, que considera el actual comportamiento de los usuarios, estimó que el impacto sólo por esta eventualidad podría rondar en un aumento del 30%, lo que equivale aproximadamente a unos $14.000 mensuales de mayor gasto por grupo familiar.
Por otra parte, la menor cobertura del sistema público impactaría también en el usuario, aumentando el copago final de las prestaciones, las que en promedio tendrían un incremento aproximado de $36.000 mensuales de mayor aporte por grupo familiar. Estas cifras corresponden a un comportamiento promedio de la cartera WTW, el cual podría variar de acuerdo al actuar particular de cada familia.
Una consecuencia de lo descrito anteriormente podría provocar un alza en los costos de los seguros complementarios. Actualmente, el financiamiento lo asume la empresa, ya sea de manera directa o compartida con el trabajador, de forma voluntaria o a través de instrumentos colectivos. Por ello, ambas partes debieran considerar un aumento del valor de la prima según sea el caso. Por ejemplo, si consideramos que la prima promedio mensual es de 1,5 UF por grupo familiar, el aumento debiera ser de aproximadamente 0,45 UF promedio. El mismo ejercicio lo podemos hacer tomando como ejemplo una empresa de 300 personas, donde el incremento anual bordearía las 1.620 UF anuales, es decir, unos $59.600.000 aproximadamente.
Otras consecuencias
Una pregunta válida que aparece al analizar este panorama es: ¿Hay otro tipo de consecuencias que se debieran tener presentes? La respuesta es sí.
Existe una cantidad importante de usuarios de isapres que tienen problemas de salud asociados a programas GES (Garantía Explícita de Salud), CAEC (Cobertura Adicional Enfermedades Catastróficas) o del tipo crónicos. Si analizamos los primeros dos casos, el modelo actual contempla una red privada de prestadores que atienden todos los problemas de salud asociados a éstos. Sin embargo, para los beneficiarios de Fonasa, la red utilizada es principalmente pública, a través de consultorios, hospitales u otros, los que no necesariamente pudiesen tener las mismas condiciones de acceso, calidad u oportunidad que en el modelo privado.
En el caso de los problemas de salud crónicos, los usuarios que decidan continuar atendiéndose en prestadores privados tendrían que asumir las diferencias de cobertura (mayor copago). En tanto, si deciden hacerlo en prestadores públicos, el costo se traducirá en la oportunidad de atención que puedan tener (largas filas de espera).
Otro aspecto a considerar es la frecuencia de las atenciones de salud y programas preventivos. Recordemos que durante la pandemia se tuvo que posponer todo lo relacionado con medicina habitual o preventiva, pero una vez que se pudieron realizar los problemas de salud y la gravedad de éstos, aumentaron considerablemente. Esta situación podría repetirse, pues el tener que destinar una mayor parte de los ingresos para salud podría traer consigo una disminución de la frecuencia de atenciones, así como también la de realizar acciones de carácter preventivo. La calidad de vida del trabajador y de su grupo familiar podría verse deteriorada, lo que afectaría colateralmente el nivel de productividad.
En la actualidad, existen isapres que han estado adoptando medidas de cara a las sentencias determinadas por la Corte Suprema. Entre ellas está la suspensión del cobro del plan de salud para los nonatos y menores de dos años, y la del tope GES definido por dicha entidad.
Paralelamente, y específicamente en el Congreso, los parlamentarios ya han estado avanzando en el proyecto de ley corta. Incluso, han llegado a consenso en algunos de los puntos, de manera de tenerla definida en su totalidad para ser votada y promulgada antes de que culmine la extensión del plazo otorgado por la Corte Suprema, que vence en mayo de 2024.
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